Cájar expropia por urgencia dos parcelas privadas para hacer aceras en la avenida por la que se entra al pueblo
El Ayuntamiento sostiene que la vía principal de acceso a la localidad carece hoy de un espacio seguro para los peatones
Cájar es el municipio más pequeño de Andalucía en superficie: 1,65 kilómetros cuadrados en los que viven 5.511 personas, según el último dato del INE, lo que lo convierte además en uno de los de mayor densidad de población de la provincia. Por la avenida de Huétor Vega entra y sale prácticamente todo el mundo. Y en esa avenida, según el propio Ayuntamiento, no hay hoy un sitio seguro por el que caminar.
Esa es la razón que la corporación esgrime para expropiar. Y es que el Pleno aprobó el 3 de agosto la relación de bienes afectados por un expediente de expropiación forzosa tramitado por el procedimiento de urgencia, que afecta a dos fincas colindantes de titularidad privada de las que se ocuparán 115,59 y 75,93 metros cuadrados, 191,52 en total.
La ocupación, según informan, se considera necesaria para desarrollar un proyecto de obra ordinaria en ejecución del Plan General de Ordenación Urbana «a fin de dotar de acerados peatonales y alumbrado la vía principal de acceso a esta localidad, creando un espacio seguro de tránsito para peatones, del que actualmente carece». Una razón que el documento califica de interés público, «suficientemente fundada y justificada legalmente».
Dos fincas y una herencia sin repartir
La titularidad se reparte del mismo modo en ambas parcelas: dos tercios pertenecen a una vecina y el tercio restante, a los herederos de una persona ya fallecida, cuatro en total.
Ahora bien, ese detalle no es menor desde el punto de vista del procedimiento. Una expropiación en la que el suelo está compartido entre varios dueños y con una herencia de por medio suele traducirse en más interlocutores, más notificaciones y, con frecuencia, más discrepancia a la hora de fijar el precio.
Qué significa «por urgencia»
Conviene explicarlo, porque de eso depende cuándo empiezan las máquinas. En una expropiación ordinaria, la Administración fija primero el precio del terreno, lo paga y después ocupa. La declaración de urgente ocupación, regulada en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954, invierte esa secuencia: se levanta un acta previa, se consigna un depósito y la Administración puede tomar posesión del suelo antes de que el precio esté acordado, dejando la discusión económica para después.
Es un mecanismo pensado para obras que no pueden esperar. También es el más gravoso para el propietario, que pierde la disponibilidad del terreno antes de saber cuánto va a cobrar.
Un pleno con dos decisiones
La sesión del 3 de agosto en la que se aprobó esta relación de bienes fue la misma en la que Cájar aprobó inicialmente su presupuesto municipal para 2026, con el ejercicio ya consumido en sus dos terceras partes.
Ambos anuncios los firma la alcaldesa, Mónica Castillo de la Rica, quien desde el 31 de julio ocupa también la vicepresidencia primera de la Diputación de Granada, tras la salida de la anterior titular hacia la Junta de Andalucía.